Riesgo de corrupción por modificación de la Ley de Garantías

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Foto: www.asocapitales.co

Ley que trataba de impedir actos de corrupción antes de elecciones tuvo una variación, ahora recursos públicos pueden ser utilizados para campañas políticas.

Esta semana se aprobó en el Congreso de la República la Ley de Presupuesto, en la cual se incluyó una modificación al inciso primero del parágrafo del art. 38 de la Ley de Garantías Electorales, creada en el 2005 a raíz de la reelección y que prohibía celebrar convenios interadministrativos para la ejecución de recursos públicos entre los cuatro meses antes de las elecciones.

El argumento que dio el gobierno Nacional y los legisladores es que dicho cambio a esta Ley es necesario para reactivar la economía del país que se ha visto afectada por la pandemia. No obstante, para la Misión de Observación Electoral, MOE, no tiene fundamento.

“No se demostraron las razones por las cuales la reactivación económica se pueda lograr a través de la celebración de los convenios interadministrativos, especialmente cuando existen otras modalidades de contratación, menos riesgosas, que no se suspenden en el marco de las elecciones”, dijo en LAUD 90.4 FM ESTÉREO, Marlon Pabón, coordinador de Asuntos Públicos y Transparencia de la MOE.

Pero ¿Qué mecanismos jurídicos hay para declarar inexequible la modificación?, para Pabón hay dos. Una sería interponer una demanda por parte de los ciudadanos para iniciar un estudio constitucional, pero puede demorar hasta después de elecciones. Y dos, por ser la Ley de Garantías, Estatutaria, debería pasar a un control previo por parte de la Corte Constitucional para impedir su entrada en vigencia.

“Es indispensable que la modificación sea analizada por el alto tribunal previo a su vigencia, pues es necesario generar un control ante una medida como la adoptada, y a su vez garantizar que la actuación de los distintos poderes se dé en el marco de la Constitución”, afirma Alejandra Barrios Cabrera, directora de la MOE.

Escuchar entrevista aquí.

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