La modificación de la Ley de Garantías está en el limbo
Experto explica el panorama de la norma que prohíbe la contratación pública cuatro meses antes de las elecciones en el 2022.
La discusión sobre si habrá o no habrá la aplicación total de la Ley de Garantías 996 de 2005 para la jornada electoral que se vivirá el año entrante, continúa vigente.
Todo comenzó cuando el pasado 19 de octubre el Congreso de la República aprobó la Ley del Presupuesto General de la Nación. Dentro de su contenido se modificó el artículo 38 de la legislación 996, donde se otorga a las entidades públicas la posibilidad de hacer contratos, aún dentro del periodo previo a los comicios. Sin embargo, un juez del juzgado Tercero Administrativo de Bogotá, ordenó suspender dicho cambio, gracias una tutela interpuesta por el ciudadano Miguel Ángel Bravo. Aun así, el proyecto fue sancionado por la Presidencia de la República y ahora existe la incertidumbre de si se ejecutará o no.
“Las órdenes judiciales, por más que no nos gusten hay que cumplirlas. El Poder Ejecutivo no puede desacatarlas. De todas formas queda en manos de las entidades locales, alcaldes y gobernadores la misión de acogerlas… La Ley 996 es estatutaria y no puede ser modificada por una Ley orgánica… En el fondo esa reforma es inconstitucional”, expresó Gonzalo Ramírez Cleves, especialista en derecho constitucional y ciencias políticas, docente e investigador de la Universidad de Externado de Colombia.
Y es que dicho cambio hace que la Ley de Garantías esté en el limbo, pues de un lado fue suspendida por un juez y por el otro, aprobada por el Presidente Iván Duque. “Es una ley zombie, está medio viva, medio muerta… vamos a ver qué dice la Corte”, señaló el experto.
¿Qué se viene?
El fallo a favor de la tutela del señor Bravo plantea que la reforma hecha a la legislatura 996, solo se podrá aplicar cuando la Corte Constitucional reconozca la demanda y se pronuncie al respecto. Pero la revisión por parte del Alto Tribunal tarda varios meses y su respuesta podría darse luego de que las entidades públicas contraten.
“La Corte tendría que tener unas medidas cautelares para que, mientras se estudia la demanda, no se ejecute ese cambio… porque de lo contrario se empezarán a dar convenios en plena campaña electoral y es difícil revertir los acuerdos ya firmados”, indicó Ramírez.
La razón por la cual se modificó el artículo 38 de la Ley de Garantías, fue la promoción de la reactivación económica en las regiones y la generación de empleo. No obstante el Gobierno Nacional, dijo que creará una comisión de observación para que no se usen los recursos públicos en proselitismo político. “Es como decir: hago la trampa y luego vigilo para que no caigan en ella… este es un mico orangután que se metió en la Ley de Presupuesto”, concluyó el experto.
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