Empresas que empleen a menores de 28 años tendrán deducción de impuesto

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Foto: www.dream-alcala.com

Contribuyentes de impuesto sobre la renta tendrán deducciones, si dan ‘primer empleo’ a jóvenes entre 18 y 28 años.

Hasta el 120 % de los pagos que realicen por concepto de salario, se le podrá deducir a los contribuyentes que estén obligados a presentar declaración de renta y complementarios, que ofrezcan ‘primer empleo’ a personas menores de 28 años.

Para este fin los Ministerios de Hacienda y Trabajo, firmaron el Decreto 392, con el que se reglamenta el artículo 108-5 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 88 de la ya existente Ley 201O de 2019.

Se considera ‘primer empleo’ cuando la persona menor de 28 años no registra afiliación y cotización como trabajador dependiente o independiente al Sistema Integral de Seguridad Social.

Para ser efectiva  la deducción, que  procederá en el año gravable en el que la persona sea contratada, debe tratarse de un nuevo empleo.

Requisitos para la deducción

1. Ser contribuyente obligado a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios.

2. Realizar pagos por concepto de salarios a empleados menores de veintiocho años contratados con posterioridad a la vigencia de la Ley 201O de 2019.

3. Tratarse de nuevos empleos.

4. Ser el ‘primer empleo’ de la persona.

5. Obtener la certificación del Ministerio del Trabajo en la que se acredite que es el ‘primer empleo’ de quien se contrató.

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