Abecé de los Consejos de Juventud

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Foto: Registraduría Nacional

¿En qué cosiste?, ¿Cómo se elegirán?, ¿Cuáles son sus funciones e importancia?  Los comicios serán el próximo 5 de diciembre.

De acuerdo con la Ley Estatutaria 1622 de 2013y modificada por la Ley Estatutaria 1885 de 2018, los jóvenes en Colombia puedan hacer parte en la toma de decisiones en el país, pues en ese momento se creó el Estatuto de Ciudadanía Juvenil, sin embargo la elección de los Consejos Municipales y Locales de Juventud no se habían realizado hasta ahora.

¿Qué son?

Son mecanismos de participación, diálogo, concertación, vigilancia y control de la gestión pública. Tienen autonomía y son conformados por ciudadanos entre 14 y 28 años. Estos son elegidos por un periodo de cuatro años y entre sus funciones está velar y hacer veeduría constante a las administraciones y lograr incluir agendas de juventud en las acciones políticas.

Funciones

Entre sus labores está:

  • Participar en el diseño e implementación de las políticas públicas.
  • Ser un instrumento de interlocución entre las administraciones, entidades oficiales y privadas, y los temas de juventud.
  • Proponer programas y proyectos para cumplir con lo dispuesto en la Ley 1622.
  • Establecer estrategias y procedimientos para que los jóvenes participen en el diseño de políticas.
  • Ejercer veeduría y control social a los planes de desarrollo y la ejecución de las agendas territoriales de las juventudes.
  • Elegir representantes ante las instancias que traten los asuntos de juventud.
  • Presentar informes semestrales de su gestión, trabajo y avance de participación.
  • Concertar la inclusión de las agendas territoriales y la nacional de las juventudes con las respectivas autoridades administrativas, para que sean incluidas en los planes de desarrollo territorial.

¿Cómo se elegirán?

Las votaciones se realizarán en todos los municipios del país y en las localidades de los distritos de Barranquilla, Bogotá, Buenaventura, Cartagena y Santa Marta.El proceso es liderado por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en él solo podrán sufragar los colombianos que tengan entre 14 y 28 años de edad y que hagan parte del censo electoral, el cual suma en total 12.282.273 jóvenes. De ellos, 6.141.132 son mujeres y 6.141.141 son hombres.

La cita será este domingo 5 de diciembre de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. El documento requerido en los comicios, según el caso, será: tarjeta de identidad, contraseña de la cédula si se emitió por primera vez y la cédula de ciudadanía. Para los comicios no se solicitará el carné de vacunación anticovid.

¿Quiénes son los candidatos?

Los interesados en ser parte de los Consejos fueron postulados durante el 2021. Entre junio y agosto se inscribieron los jóvenes electores; de julio a septiembre se registraron los candidatos y en octubre se designaron los jurados de votación. Los aspirantes son:

  • 22.678 jóvenes que pertenecen a partidos y movimientos políticos con personería jurídica; siendo 11.376 hombres y 11.302 mujeres.
  • 11.682 ciudadanos que hacen parte de las listas de jóvenes independientes. De ellos, 5.895 son hombres y 5,787 son mujeres.
  • 7.324 corresponden al sector de procesos o prácticas organizativas. 3.677 son hombres y 3.647 son mujeres
  • 102 aspirantes participan en condición de discapacidad.

Para conocer quién es cada uno de los postulantes, las personas pueden descargar en su celular la aplicación ‘InfoCandidatos’, donde se expone la información según el territorio. Sin embargo la elección se hará por listas cerradas. El total de listas inscritas fueron 7.789.

¿Cuántos consejeros se elegirán?

Depende de la densidad poblacional del municipio; así que en aquellos con menos de 20 mil habitantes se otorgarán siete curules. De 20.001 a 100 mil, 13 curules. Y mayor de 100.001, 17 curules.

Consultar el puesto de votación aquí.

Conocer más sobre los Concejos de la Juventud, aquí.

Información tomada de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

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